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miércoles, 16 de mayo de 2012

Prensa 16 mayo


El despido sigue siendo la primera opción para ajustar las plantillas


La reforma laboral lleva ya tres meses en vigor. En este tiempo, los abogados laboralistas no ven un gran cambio en las políticas laborales de las empresas: siguen optando por el despido como primera opción contra la crisis, a pesar de que la reforma facilitó las medidas de flexibilidad interna alternativas a la destrucción de empleo. Dentro de dichas iniciativas destaca la reducción salarial sobre todas las demás.

Esta semana se cumplen los primeros cien días de aplicación de la reforma laboral que abarató y facilitó los despidos y, al tiempo, dio más facilidades al empresario para adoptar medidas de flexibilidad interna.

¿Cómo se está aplicando esta reforma?, ¿qué uso están haciendo de ella las empresas? Tras consultar a algunos de los principales despachos de abogados laboralistas que asesoran la política de recursos humanos a compañías nacionales y extranjeras, la primera impresión es que "las empresas no están haciendo un uso exprés y urgente de la reforma", dice David Díaz, socio de Baker & McKenzie. "Muchos esperan a ver cómo la competencia utiliza las nuevas medidas o cómo los jueces empiezan a interpretar las demandas", explica Jordi Puigbó, coordinador del área laboral de Cuatrecasas.

Dicho esto, la principal conclusión de gran parte de los laboralistas preguntados es que los despidos siguen siendo la primera opción a la hora de hacer frente a la crisis. A la mayoría de los despachos consultados prácticamente no han llegado peticiones empresariales para aplicar las nuevas medidas de flexibilidad interna (modificar las condiciones sustanciales de trabajo, como salario, jornada o turnos; y descolgarse del convenio colectivo de referencia, entre otros).

"Lo que nos llega son todo despidos", asegura Daniel Cifuentes, socio de Olswang. Algo en lo que coincide totalmente su colega y socio de Abdón Pedrajas & Molero Antonio Pedrajas. "Las empresas piden en un 90% medidas de extinción más que de flexibilidad interna", dice. Y en este punto, la reforma sí ha hecho mella al aumentar considerablemente los despidos objetivos (colectivos e individuales) por causas económicas, para los que la reforma ha eliminado la autorización administrativa (solo hace falta la voluntad del empresario) y ha fijado como principal requisito el que haya tres trimestres de caída de ingresos o ventas. "Si antes el 90% de los despidos eran disciplinarios, ahora estos son el 50% y el otro 50% son objetivos por causa económica", añade Pedrajas.

El efecto de este aumento de los ERE por causas económicas, con las nuevas condiciones de la reforma, es un claro abaratamiento de la factura que las empresas pagan por los despidos. "Antes, cuando te sentabas a negociar, partías de ofrecer 45 días, ahora esto ya no es una referencia", precisa Díaz, con el que coinciden el resto de laboralistas. Según la experiencia de estos expertos, las indemnizaciones de los ERE están ahora entre 33 y 35 días. Una de las causas de por qué se pagan más de los 20 días que exige la ley es que, a pesar de ya no ser necesario el acuerdo en los ERE para garantizar su autorización, "el pacto sigue siendo el objetivo en la mayoría de los casos", y para conseguirlo se encarecen, pero menos que antes. "Además, las formas en la presentación de un ERE son ahora más importantes que nunca", coinciden los expertos. Son las únicas vías para conseguir ciertas garantías (no plenas) de que el ERE no se recurra al juez.

Desde despachos como Baker & McKenzie, no obstante, explican que sus clientes "ya hicieron los ajustes más importantes antes de la reforma, así que ahora optan por alternativas al despido". En ese punto, todos los consultados coinciden en que la medida de flexibilidad más utilizada es la bajada salarial, mediante la modificación del artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores.
  
El descuelgue no se usa

Entre las peticiones patronales más demandadas estaba la de crear más facilidades para que las empresas pudieran descolgarse de su convenio de referencia y no aplicarlo. La reforma dio estas facilidades pero, según los laboralistas, la complejidad del itinerario que debe seguirse si no hay acuerdo entre empresa y trabajadores ha hecho que prácticamente ninguna empresa apueste por esta medida de flexibilidad.

Los cambios que vienen

El Congreso ultima estos días los cambios definitivos de la reforma laboral. Esto y la jurisprudencia que empiece a producirse en los juzgados efectuarán en los próximos meses algunas modificaciones más en la normativa laboral.

NUEVA CAUSA OBJETIVA Una de las enmiendas a la reforma laboral que podría incorporarse al texto final es la que concreta más las causas objetivas de despido. Así, precisa que para que concurra la causa económica la empresa debe haber registrado tres meses de caída de ingresos o ventas “ordinarias”. Con ello pretende incluir a sectores, como el turismo, que por coyuntura tienen más difícil cumplir el requisito de tres trimestres con caída de ingresos.

ABSENTISMO Los despachos laboralistas ya han empezado a registrar algún que otro caso de despido por la nueva definición de absentismo. Otra de las enmiendas a la reforma laboral podría modificar, en favor del trabajador, esta nueva definición, con lo que los despidos serán algo más difíciles.

PRUEBA DE UN AÑO En el bufete Abdón Pedrajas & Molero ya han recibido varios casos de despidos en el periodo de prueba de un año en los nuevos contratos de emprendedores. El Supremo ya anuló este periodo de prueba en algunos convenios donde estaba configurado tal y como fija la reforma. Habrá que ver si las próximas sentencias lo respaldan.

SIN SENTENCIAS En general, existe mucha expectación entre los laboralistas para saber cómo interpretan los jueces la reforma. Esperan conocer las primeras sentencias significativas de primera instancia a partir de junio.



Por qué los empleados tienen que estar motivados


Las compañías llevan años cultivando la implicación de sus trabajadores porque saben que un alto compromiso facilita la labor diaria, mejora el ámbito laboral y trae buenos resultados. También aumenta la satisfacción de los clientes y, por tanto, los beneficios.

Las compañías con un alto nivel de compromiso entre los trabajadores generan dos veces más ingresos que las organizaciones con un índice bajo. Esta conclusión a la que ha llega la consultora Bain & Company revela la relación que existe empleados motivados y clientes satisfechos. “Los consumidores contentos compran más, se fidelizan, cuentan a sus amigos su experiencia y, por tanto, se consiguen más beneficios”, cuenta Nacho Ríos, socio de Bain. ¿Y qué lleva a un cliente a estar feliz? Uno de los factores que influye en esta actitud es el hecho de haber sido atendido por un empleado comprometido con su labor diaria.

Los beneficios del compromiso están claros, pero no tanto conocer cómo alcanzar ese alto grado de motivación. De hecho, sólo un pequeño porcentaje de trabajadores, de acuerdo con una encuesta de Bain realizada en 2010, recomendaría su organización a un amigo o a un familiar. En concreto, las cifras que miden el compromiso en una empresa han ido disminuyendo desde 2008.

De acuerdo con Ríos, demasiadas organizaciones llevan a cabo iniciativas para motivar a sus colaboradores y muchas de ellas funcionan, pero no están conectadas con las prioridades de los consumidores. “Las compañías que poseen un alto grado de compromiso actúan diferente. Van más allá de los requisitos para lograr empleados satisfechos, como un ambiente de trabajo saludable, disponer de las herramientas para realizar las tareas correctamente o de sistemas de compensación”, matiza el socio de la consultora.
Si el apoyo de los clientes está relacionado con el compromiso de la plantilla, ¿cómo lograrlo? Estas son las tres claves de Bain & Company.

Libertad de los empleados para mejorar la experiencia de los consumidores

Los expertos en compromiso aconsejan dotar a los empleados que están en contacto directo con los clientes de autonomía y libertad, puesto que estos tienen una gran influencia en la calidad de los hábitos de consumo. Las compañías que siguen esta línea escuchan y aprovechan el feedback de estos colaboradores a través de encuestas semanales, brainstorming y reuniones.

Estos empleados poseen derechos y responsabilidades en las decisiones que pueden añadir o quitar calidad en el servicio a los clientes; pero esto no significa que todo vale: deben confiar en los procesos y sistemas que posee la empresa para conseguir y mantener el apoyo de los consumidores.

Reconocer los roles principales

El jefe de un equipo en contacto directo con los clientes es una figura crítica para conocer y mejorar los hábitos de consumo. Cómo sea su forma de gestionar influirá, por tanto, en la compra. “Los superiores cualificados o con habilidades específicas ayudan a elevar el grado de implicación de los equipos que tratan con el cliente final”, explica Ríos, quien añade que “las organizaciones deberían mejorar la formación de estos líderes”.

Vencer las barreras de la organización

Un alto nivel de compromiso está al alcance de todas las organizaciones. El reto se encuentra en alinear ese índice con la satisfacción de los clientes.

En el caso de los empleados, se dan momentos en los que es posible aumentar su implicación. Por ejemplo, en una reorganización, con la llegada de un nuevo jefe o cuando se pone en marcha un plan para mejorar un sistema de trabajo. En el caso de los consumidores, también existen oportunidades para aumentar su compromiso: aportando una solución cuando tienen un problema o adelantándose a sus expectativas.

De acuerdo con Ríos, los ejecutivos deben estar en contacto con las actividades de los empleados que tratan con los clientes, puesto que son estos los que les conocen. Mejorar el compromiso de unos hace aumentar el apoyo de los otros.



Salvar el piso con la pensión


Un plan de pensiones es un instrumento de ahorro cuyo fin último es garantizar que el día que usted se retire podrá cobrar una pensión similar al salario que percibió durante su vida laboral. De ahí que este dinero no pueda ser cobrado hasta la jubilación, salvo casos de invalidez o enfermedad grave. Pero la crisis ha obligado a considerar nuevas excepciones. En julio de 2009, el Gobierno de Zapatero hizo posible que los partícipes pudieran rescatar el plan tan pronto como se quedasen en el paro, sin necesidad de acreditar 12 meses en esa condición, que era lo que fijaba la norma hasta ese momento. Ahora, en un signo más del agravamiento de la recesión, el Ejecutivo de Rajoy permitirá que el fondo pueda ser recuperado para evitar el embargo del piso.

La modificación está contemplada en el anteproyecto de la Ley de Supervisión de los Seguros Privados, que deberá ser debatido en el Parlamento. La reforma establece que los partícipes solo podrán cobrar el plan de forma anticipada en los supuestos de paro de larga duración, enfermedad grave o procedimiento de ejecución sobre la vivienda habitual. Aunque desvirtúa el espíritu de estos productos, los expertos están de acuerdo en que la medida es necesaria en un momento en el que la alta tasa de paro ha colmado los juzgados españoles de expedientes de desahucio. Solo el año pasado tramitaron 58.241, una cifra récord.

"No sé si evitará muchos desahucios, pero la medida no solo es conveniente, sino necesaria dada la situación por la que están atravesando muchas familias", dice Manuel Álvarez, director de seguros particulares, vida y pensiones de Caser, la aseguradora de las cajas de ahorros. "En número de partícipes que puedan beneficiarse de esta modificación, seguramente el impacto de la disposición será limitado, pero en relevancia para el que tenga la mala suerte de estar afrontando un embargo, será muy positivo", añade.

Juan Luis Alonso, experto de la consultora Mercer, también está "totalmente de acuerdo" con la medida. "Se trata de una situación que, desgraciadamente, afecta a muchos partícipes, que no podrían acceder a sus fondos de otra forma". El experto desestima que esto vaya a propiciar una salida masiva de capitales de los fondos de pensiones, ya que "desafortunadamente" pocas familias invierten en estos productos y los importes que tienen ahorrados en ellos no son grandes sino más bien pequeños. "Ya en 2009, cuando el Gobierno suprimió la necesidad de estar 12 meses en el paro para poder rescatar el plan, se habló de que eso podría generar una fuga de capitales, pero no ha sido así".

Carlos Bravo, secretario de seguridad social de Comisiones Obreras, concuerda en que si bien se trata de instrumentos por naturaleza ilíquidos, no tiene ningún sentido que alguien pueda perder su casa por falta de dinero cuando tiene una cantidad suficiente para evitar el embargo en un plan de pensiones. "Es importante dar cobertura a las situaciones excepcionales que la crisis está generando. No obstante, somos conscientes de que en muchos casos, por la escasa cuantía acumulada en el plan, puede no ser suficiente para evitar el desalojo", admite.

En ese sentido, Ángel Martínez Aldama, director general de Inverco, la patronal de las gestoras, advierte que el supuesto debería aplicarse siempre que el importe del plan sea suficiente para evitar el embargo. "Si la vivienda cuesta 100 millones y en el fondo de pensiones solo tiene 70, perdería el plan y la vivienda, con lo cual no se cumpliría el fin social de la medida".

En la misma línea, señala que deberían establecerse una serie de requisitos o cautelas que garanticen que verdaderamente el partícipe o los miembros de su unidad familiar no tienen otros bienes o rentas que les permitan hacer frente al pago de la hipoteca. Por lo demás, considera que la medida es razonable dada la coyuntura. "Se entiende que el rescate por embargo es una situación de último recurso, en la que el partícipe ya no tiene nada más que hacer".

El anteproyecto habla de vivienda habitual. Sobre este punto, Bravo comenta que debería tenerse en cuenta no solo a los propietarios de hipotecas, sino también a inquilinos inmersos en procedimientos de desahucio por mora en el pago del alquiler, siempre que esto se deba a la pérdida de ingresos y en aquellos casos en los que no se pueda rescatar el plan por paro de larga duración: impago de salarios sin extinción de empleo o minoración salarial persistente y continuada sin pérdida del puesto de trabajo.

Pero el anteproyecto contempla otras modificaciones que atañen a estos productos. Entre ellas, Alonso destaca que a pesar de que la reforma de las pensiones elevó de 65 a 67 años la edad de jubilación, el borrador de la ley establece que aquellos partícipes que no tienen derecho a pensión pública porque nunca han cotizado a la Seguridad Social -como puede ser el caso de un ama de casa, por ejemplo- podrán rescatar su fondo a la edad de 65 años. "Pensábamos que también lo iban a subir, sin embargo, han optado por mantenerlo".

Igualmente, en el caso de personas que habiendo cotizado a la Seguridad Social no cumplen algún requisito para poder jubilarse en ella -generalmente, la edad, porque han sido dados de baja antes de los 67 años-, la reforma mantiene en 60 años la edad mínima a partir de la cual pueden anticipar el cobro de la prestación correspondiente a jubilación.

El anteproyecto amplía también los motivos de cese que permiten acogerse a este supuesto. Si antes solo podía solicitar esta prestación el partícipe que había perdido su trabajo a causa de un ERE, de aprobarse la norma, podrá hacerlo también por cese de actividad de la empresa vinculada a muerte o jubilación del empresario, despidos objetivos o concurso de acreedores.

La medida más polémica del anteproyecto es aquella que establece que las gestoras podrán suspender temporalmente las aportaciones, prestaciones y movilizaciones de los fondos por falta de liquidez de los activos en que están invertidos. Bravo explica que el objetivo de esta disposición, que solo se podrá aplicar con la autorización de la Dirección General de Seguros, es evitar un perjuicio a la totalidad de los partícipes y beneficiarios de un plan ante el riesgo de que una salida masiva de fondos provocase pérdidas importantes por la necesidad de liquidar precipitadamente los activos. "Un fondo de pensiones está invertido en una diversidad de activos, unos más líquidos que otros. Si la gestora se viera en la necesidad de liquidar sus activos más líquidos para afrontar una salida importante de partícipes, el resto se quedaría con los activos menos líquidos. Es lo que se intenta evitar con esta medida. Es algo que nunca ha ocurrido, pero la ley tiene que prever todas las contingencias, incluso las más excepcionales".

Martínez Aldama coincide en que la medida es muy razonable, aunque siempre en supuestos muy extremos, "que más que de falta de liquidez, sean de iliquidez absoluta", como la que ocurrió en 2008 cuando el mercado se cerró por completo, impidiendo la valoración de los activos de renta fija. "La medida es una previsión por si una situación así pudiese presentarse en el futuro, aunque la de aquella vez fue algo excepcional, no una cosa que sucede todos los días".



Las bajas médicas caen por miedo al despido


El anuncio por parte del Gobierno de que podría penalizar económicamente a los funcionariospor una baja de incapacidad temporal ha vuelto a poner en primer plano el tema de las bajas por enfermedad en estos tiempos convulsos. La iniciativa –que el Ejecutivo podría aprobar este año– forma parte, según el Gobierno, de un plan para luchar contra el absentismo en el colectivo. De salir adelante, el plan incluiría que los funcionarios no cobren su salario íntegro durante los primeros 90 días de la incapacidad temporal.

Según las cifras, durante la crisis, los trabajadores han sufrido menos bajas, pero ¿qué se esconde detrás? Es cierto que con 5,6 millones de parados hay menos empleados y, por tanto, disminuye el número de bajas médicas. Pero también ocurre –al menos así lo aseguran algunas voces– que los trabajadores «aguantan» más. En efecto, el número de incapacidades temporales por cada mil trabajadores ha pasado de 27,4 en 2009 a 23,6 en 2011; así como la prevalencia o número de casos por cada mil trabajadores y el número de días de baja, según la Seguridad Social.

¿Las causas? Según el sindicato UGT son varias: la disminución de la población ocupada, la reducción de la siniestralidad, el incremento del número de efectivos de los facultativos del Instituto Nacional de la Seguridad Social, la agilización de la comunicación de los procesos y la formalización de convenios generales para el control de la incapacidad temporal entre la Seguridad Social y los Servicios Regionales de Salud.

Los facultativos añaden un matiz a estos datos: durante la crisis se ha producido una reducción de las bajas de corta duración –de menos de 10 días–, pero las de mayor duración no se han reducido tanto. Así lo asegura el doctor Antonio Iniesta, presidente de la Asociación Española de Especialistas de Medicina del Trabajo (AEEMET). ¿A qué se debe? «Las plantillas están más ajustadas y hay más presión por parte del sistema», dice Iniesta, y explica que si antes una baja por una gripe duraba diez días, ahora dura dos. «Las plantillas están muy apretadas y el tejido empresarial en España es muy pequeño, con una gran mayoría de pymes. Si coges una baja, dejas a tu compañero en un apuro», añade el médico.

Algunos expertos creen, además, que la crisis ha traído el miedo a los trabajadores y que también esto es una causa –aunque quizá con un menor impacto en las cifras– de que las bajas médicas hayan disminuido. Desde UGT aseguran que, en los últimos años, han aumentado los controles de las Inspecciones Médicas y de las propias Mutuas de Accidentes de Trabajo.

Pero, además, la presión de las empresas sobre los trabajadores se ha incrementado. «En lo que se refiere a las empresas, y gracias a la reforma laboral que incrementa el poder de dirección empresarial incluso en lo concerniente a la salud de los trabajadores, podemos afirmar que se están produciendo casos de una presión empresarial angustiosa sobre el trabajador enfermo, a través de la amenaza del despido, que se facilita con la reforma laboral», explica Carmen López, Secretaria de Política Social de UGT.
Presentismo y miedo

La consultora Adecco acaba de presentar el «I Informe Adecco sobre Absentismo», elaborado en colaboración con el IESE, FREMAP y la Universidad Carlos III. La principal conclusión del estudio también va por ese camino: «La crisis económica que sufrimos desde 2008 ha provocado una mayor presencia de los empleados en su puesto de trabajo, tanto porque se reducen las bajas por incapacidad temporal, como porque disminuyen las horas de vacaciones y festivos». ¿La causa? «El miedo a perder el empleo en plena crisis ha provocado un mayor interés por mantener la presencia física en el puesto de trabajo», explican los autores del informe.

También una estadística de la consultora Randstad pone el acento en esta cuestión. El documento refleja que ocho de cada diez empleados pasan más horas en el puesto de trabajo y seis de cada diez admiten que se quedan más tiempo en su trabajo solo por el miedo a perder el empleo, mientras que un 24% de los encuestados asegura que la falta de personal en su empresa es la principal causa.

¿Menos sanos que antes?

Según las cifras y los expertos, la crisis ha reducido el número de bajas médicas, pero esto no quiere decir que los trabajadores tengan mejor salud. Es más, la Organización Mundial del Trabajo (OIT) asegura que la incertidumbre y el estrés están pasando factura. El director de la oficina de la OIT en España, Joaquín Nieto Sáinz, asegura que ahora hay 50 millones de desempleados más en el mundo y «las enfermedades relacionadas con el paro han aumentado considerablemente». Los despidos y la incertidumbre están haciendo muchísimo daño: «Producen daños psicológicos, afectan a la salud mental, y terminan siendo daños físicos porque se ha demostrado que afectan al sistema cardiovascular», dice Sáinz. Además, ha aumentado el número de empleos precarios y han disminuido los contratos fijos y «un trabajador con un empleo temporal tiene más posibilidades de sufrir un siniestro», dice Sáinz.




Sin reducción de jornada porque hay “canguros” baratos


Una juez de Almería desestimó la demanda de una empleada que reclamaba a su empresa una reducción de jornada y concreción horaria para atender a su hija de cinco años porque hay “jóvenes adolescentes que por un bajo coste” se prestan a realizar “funciones de canguro”.

El fallo del Juzgado señala que la mujer, contratada como dependienta desde hace cuatro años y medio, pidió a la empresa reducir su jornada de 20 a 18 horas semanales, y que su horario laboral fuera de 10.00 a 14.00 de lunes a jueves, y de 12.00 a 14.00, los viernes. La empresa se negó a proporcionar dicho horario debido al régimen de turnos existente y le ofreció diversas alternativas.

La empresa accedió a reducir la jornada, aunque no exclusivamente en turno de mañana, ya que la política de la compañía exige que todas las empleadas deben rotar sus turnos para realizar funciones que son incompatibles con ese horario, como la preparación de las rebajas o las reuniones periódicas de trabajo.

A la mujer le ofrecieron otro horario, aunque con algunos días en turno de mañana y otros de tarde, y con los martes y los domingos como días libres, lo que fue rechazado por la trabajadora en el acto de conciliación.

La sentencia también indica que la encargada de zona habló con la empleada en dos ocasiones para proponerle un traslado de tienda a otra más cercana a su domicilio, e incluso una jornada de quince horas, a lo que la trabajadora "se ha opuesto sistemáticamente".

El fallo señala que, "teniendo en cuenta que la trabajadora conoce ya la concreción del horario propuesto por la empresa, bien se puede organizar para planificar el cuidado de su hija", a la vez que indica que "no acredita ningún motivo de peso que le impida realmente trabajar por la tarde, ya que el hecho de tener un hija no es motivo impeditivo al existir soluciones alternativas y formas de organizarse compatibles con el horario propuesto".

Así, incide en que la mujer "no ha acreditado que sea viuda o que no haya un padre que se pueda hacer cargo de la niña", y recuerda que "hay guarderías que están todo el día abiertas", y que "pueden existir familiares o jóvenes adolescentes que por un bajo coste se presten a realizar funciones de canguro".

El sindicato UGT, cuyos servicios jurídicos han representado a esta trabajadora, ha expresado su sorpresa ante la decisión de la juez de desestimar la demanda, al considerar que era "razonable".

Sin embargo, el secretario general de UGT-Almería, José Ginel, ha dicho que "lo que más" les "ha sorprendido muy negativamente" es la "argumentación utilizada por la juez para rechazar la demanda, y especialmente la relativa a la existencia de "jóvenes adolescentes que por un bajo coste" pueden realizar "funciones de canguro".

Ha considerado que se trata de una "expresión desacertada" y "fuera de lo normal" porque, entre otras cosas, hace pensar en la economía sumergida.



El Ibex encaja una caída del 1,6% pero aguanta los 6.700 puntos


El Ibex 35 ha terminado hoy la sesión con una caída del 1,6%, con lo que mañana partirá desde los 6.700 puntos. El mercado ha salido muy tocado tras conocerse que los partidos políticos griegos han sido incapaces de formar gobierno, por lo que habrá que celebrar nuevas elecciones en junio.



Wall Street cambia de rumbo y cierra con descenso del 0,5 % en el Dow Jones


Wall Street cambió hoy de rumbo en la recta final de la jornada y el Dow Jones de Industriales, su principal indicador, cerró con un descenso del 0,5 % en un día en que se conoció que Grecia celebrará nuevas elecciones en junio tras no conseguir formar gobierno.

Según datos provisionales al cierre de la sesión, ese índice, que agrupa a treinta de las mayores empresas cotizadas de EEUU, restó 63,35 puntos hasta situarse en 12.632 unidades, al tiempo que el selectivo S&P 500 cedió el 0,57 % y el índice compuesto del mercado Nasdaq el 0,3 %.



El índice Nikkei baja un 0,39 por ciento hasta 8.865,78 puntos


El índice Nikkei de la Bolsa de Tokio cayó hoy en la apertura 34,96 puntos, el 0,39 por ciento, hasta situarse en 8.865,78 puntos.

El segundo indicador, el Topix, que reúne todos los valores de la primera sección, bajó 1,67 puntos, el 0,22 por ciento, hasta 745,73 puntos.

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